Las operaciones de cambio de la moneda virtual bitcoin se encuentran desde este jueves exentos de IVA.
El dictamen de este jueves del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) tiene como fundamental consecuencia darle status de divisa “real” a la moneda virtual.
La normativa europea determina que los estados miembros del bloque deben exonerar del impuesto al valor agregado (IVA) a todas “las divisas, billetes bancarios y monedas usados como medios legales de pago”.
El fallo provino luego del enfrentamiento entre un ciudadano sueco que deseaba ofrecer un servicio de cambio de divisas tradicionales por bitcoins y se opuso al intento de la autoridad fiscal sueca de aplicar el IVA en esas transacciones.
Reconocimiento
El TUE – con sede en Luxemburgo – decidió finalmente que “esas operaciones están exentas de IVA, en aplicación de las disposiciones relativas a las operaciones con divisas, billetes de banco y monedas usadas como medios legales de pago”.
Quizás lo mas resaltable de la sentencia es que, a diferencia del resto de los casos, los bitcoins no son emitidos por ningún banco central o autoridad estadal.
Pese a esta la falta de respaldo gubernamental, el bitcoin es aceptado como medios de pago por empresas o particulares que ven en la moneda virtual un medio eficaz y anónimo de transferir fondos entre personas y países.
Probablemente es justo la “independencia” y el carácter “anónimo” del bitcoin lo que enciende las alarmas de las autoridades reguladoras que advierten subrayan los peligros de un sistema opaco y volátil que, por tanto, puede ocasionar importantes pérdidas cambiarías, superados los momentos de agitación.
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