En un encuentro junto a sus clientes, Juan Cantillana, gerente de Impuestos de la firma explicó en detalle las implicancias de la Reforma Tributaria, los cambios que conlleva y las opciones que se deben considerar para cumplir con la nueva normativa.
La empresa internacional de auditoría, consultoría e impuestos Crowe Horwath realizó un encuentro con empresarios de diversos sectores para analizar en detalle las implicancias de la Reforma Tributaria. “Queremos informar adecuadamente a nuestros clientes de todo lo que implica la Reforma Tributaria, pues para tomar buenas decisiones hay que estar bien informado. Por ello, aportamos con nuestra experiencia y conocimiento para apoyar a nuestro clientes y hacer nuestro mejor esfuerzo para que estas normas puedan ser cumplidas a cabalidad”, indicó Miguel Henríquez, socio a cargo de la División de Impuestos de Crowe Horwath en Chile.
En la ocasión, el gerente de Impuestos de la firma, Juan Cantillana explicó los principales cambios que se llevarán a cabo con la Reforma de manera paulatina de aquí al 2017; algunos inmediatos y otros de forma gradual hasta esa fecha.
Asimismo, el experto comentó los conceptos de Renta Atribuida y del sistema Semi Integrado, así como sus alcances y diferencias. “Los contribuyentes obligados a declarar sobre la base de sus rentas efectivas según contabilidad completa podrán optar por la Renta Atribuida o por el sistema Semi Integrado. La elección del sistema que afecta a la tributación final debe ser analizada caso a caso, pues dependerá de la proyección de la empresa en el tiempo, mediano o largo plazo, del monto de sus utilidades y de una estimación financiera que representa el mayor pago de impuestos (renta atribuida) versus el menor pago de impuestos con pérdida de parte de los créditos (sistema semi – integrado) ”, indicó Juan Cantillana.
Por otro lado, el gerente de Crowe Horwath Chile comentó los beneficios que pueden tener las medianas empresas, como la exención de impuesto adicional por servicios prestados en el exterior, específicamente en la prestación de servicios de publicidad en el exterior y el uso suscripción de plataformas de servicios tecnológicos de internet, para empresas cuyo promedio anual de ingresos de su giro no supere las UF 100.000 (MM$2.430) en los tres últimos años comerciales; y la rebaja de la RLI (renta líquida imponible) por utilidades no retiradas por contribuyentes cuyo promedio anual de ingresos de su giro no supere UF 100.000 (MM$2.430) en los tres últimos años comerciales.
Uno de los temas de mayor interés fue el referido al IVA en la venta de inmuebles nuevos o usados (excepto terrenos), siempre que se trate de operaciones habituales realizadas por un vendedor, donde la presunción de habitualidad dice relación con las transferencias de inmuebles efectuadas por contribuyentes con giro inmobiliario efectivo, así como con la venta de edificios por pisos o departamentos, siempre que la enajenación se produzca dentro de los cuatro años siguientes a la adquisición o construcción; y cuando entre la adquisición o construcción del bien raíz y su enajenación transcurra un plazo igual o inferior a un año.
Por último, y entre muchos otros detalles, Juan Cantillana se refirió a la nueva normativa para enfrentar la evasión y elusión, además de las atribuciones que el Servicio de Impuestos Internos, SII, tendrá para fiscalizar al respecto; y el Sistema Voluntario de Rentas en el Extranjero.
Francisco Carrasco, CIO America Latina